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¿Qué se necesita para llevar una buena contabilidad?

5 elementos necesarios para llevar una contabilidad correcta
  • Debe contar con la documentación necesaria.
  • Contar con asesoría contable y fiscal de expertos.
  • Conocer las obligaciones fiscales.
  • Contar con un software inteligente, fácil de usar.
  • Debe cumplir con tus declaraciones en tiempo y forma.

BOLETÍN INFORMATIVO ABASHERWELL

Volumen 1, número 1

¡¡NO PAGUES DE MÁS, QUÉ NO TE MULTEN!!

Debes tener en cuenta que la autoridad puede multarte por no cumplir con la presentación de declaraciones e información que te solicita, por lo que debes tener en cuenta y saber que debes cumplir para que no te multen y que eso implique un quebranto pequeño o significativo en las finanzas personales o de tú empresa.
TEMA: CONTABILIDAD ELECTRONICA

En el código fiscal de la federación (CFF), en su articulo 28 señala quienes están obligados a llevar contabilidad y cuáles son los lineamientos para cumplir correcta y oportunamente, para ello se debe considerar las leyes que originan los lineamientos expuestos en dicho código, como son la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), así como sus respectivos reglamentos.

Hablando de Contabilidad, debes tomar en cuenta que existe una obligación de Reportar al SAT la cual la define como Contabilidad Electrónica
Dicha obligación esta mencionada en el artículo 28 del CFF, en su fracción IV y de no hacerlo, puede multarte.
1: El SAT pone a tu disposición las herramientas necesarias para que puedas presentar tu contabilidad electrónica en su portal
Debes tener en cuenta que debes enviar la siguiente información:
  1. Catálogo de cuentas por primera vez y cada vez que tenga cambios
  2. Balanza de comprobación donde se muestren saldos iniciales y finales y movimientos por cada cuenta y subcuenta hasta nivel auxiliar.
  3. Solo en caso de que así te solicite el SAT la información de las pólizas
  • De 230 a 4,270 por no realizar los asientos contables
  • De 1,960 a 19,530 por no llevar la contabilidad
  • De 430 a 9,760 por no tener la contabilidad en tu domicilio fiscal
  • De 430 a 9,760 por no llevar correctamente o registro de inventarios
  • De 7,110 a 21,310 por no enviar la contabilidad estando obligado
  • De 1,190 a 15,600 por no conservar la contabilidad de 5 a 10 años
  • Entre otras,
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SOMOS TUS ALIADOS

Es importante tener en cuenta que para implementar controles y registros adecuados en tu empresa o como persona fisica, se deben conocer todos los lineamientos necesarios para esto, y no necesitas quebrarte la cabeza o estar preocupado con todo esto, tú solo preocupate por generar los ingresos que necesitad y deja que nosotros te ayudemos a controlar todo lo necesario para que no tengas ningun problema.

BOLETÍN INFORMATIVO ABASHERWELL

Volumen 1, número 2

En la ley del impuesto sobre la renta (LISR) en sus artículos habla sobre las obligaciones de los asalariados donde podemos encontrar.
 
La Pregunta obligada ¿Debo presentar declaración anual si soy asalariado?, SÍ, si están en cualquiera de los siguientes supuestos:
  • De un solo patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre.
  • Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios.
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación.
  • Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos.
1: El SAT te da la facilidad de poder deducir algunos gastos llamados “personales”
 
  • Debes tener en cuenta que dichos gastos solo son para la declaración anual

  • Para poder deducirlos debes pagarlos en cualquier medio de pago, excepto en efectivo, si no, no podrás deducirlo

  • Revisa siempre tus comprobantes que tú RFC (registro federal de contribuyentes) sea el correcto, sino no podrás deducir el gasto.

  • El uso del CFDI debe decir:

En el caso de consultas médicas, honorarios pagados a médicos, análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis, Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación, Honorarios a enfermeras, Dentista, tratamientos y consultas, Servicios de psicología y nutrición, Gastos médicos por incapacidad o discapacidad, Gastos hospitalarios, Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias), Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis, Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500) en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos 
  • lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista, el uso del CFDI debe decir “HONORARIOS MÉDICOS, MÉDICOS, DENTALES Y GASTOS HOSPITALARIOS” o “GASTOS MÉLDICOS POR INCAPACIDAD O DISCAPACIDAD
  • En el caso de colegiaturas debe decir: “PAGOS POR SERVICIOS EDUCATIVOS”, en el caso del transporte escolar “GASTO DE TRANSPORTACIÓN ESCOLAR OBLIGATORIA”
  • En el caso del pago de primas de seguros médicos debe decir “PRIMA DE SEGUROS DE GASTOS MEDICOS”
  • En el caso de gastos funerarios debe decir “GASTOS FUNERALES”
  • En el caso de donativos debe decir “DONATIVOS”
OTRAS CONSIDERACIONES
  • Para cada deducción tiene reglas especificas, las cuales deben considerarse

 
  • Puedes deducir los pagos por gastos hospitalarios realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubina(o), familiares ascendientes o descendientes en línea recta siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)

 
  • Estas Obligado y te salio impuesto a pagar? No te preocupes el SAT da la facilidad de Pago a plazos, para los contribuyentes que, como resultado de la presentación de la declaración anual se determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades.
    Esta medida es efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (durante abril de 2024) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo, además, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
  • Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
  • Se tienen que utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los formatos están disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
  • Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Existe la opción de liquidar de manera anticipada.
  • En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
  • La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024 incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

¿SABES SI DEBES PRESENTAR O NO DECLARACIÓN ANUAL COMO PERSONA FÍSICA?

Una de las confusiones más comunes es si una persona referenciada por el SAT como persona física, debe o no presentar declaración si es ASALARIADO o recibiste ingresos ASIMILABLES A SALARIOS.

NO OLVIDES, PARA QUE SEA DEDUCIBLE NO DEBES PAGAR EN EFECTIVO

¿DUDAS?

Tienes dudas, quieres cumplir y presentar tu declaracion anual, quieres saber si debes pagar o obtuviste saldo a favor, nosotros te podemos ayudar.
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